Civil Corte Semanal

Boletín Jurídico Semanal – Actualización en Jurisprudencia (17 de enero de 2025)

Estimado/a lector/a,

En esta edición, destacamos dos criterios jurisprudenciales publicados en el Semanario Judicial de la Federación, los cuales aportan claridad sobre aspectos fundamentales en materia civil. A continuación, presentamos un resumen detallado de cada uno:


Registro digital: 2029807 | Materia: Civil

Rubro: Falsedad de firma: Debe desahogarse la prueba pericial en grafoscopía, incluso cuando la persona juzgadora advierta, a simple vista, una notoria diferencia entre la dubitada y la indubitada.

Resumen del caso:
Se analizaron posturas contradictorias respecto a si las personas juzgadoras pueden determinar la falsedad de una firma mediante un simple cotejo visual cuando existen diferencias notorias entre la firma cuestionada y la indubitada.

Criterio jurídico:
El Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur concluyó que es indispensable desahogar la prueba pericial en grafoscopía para resolver una objeción de falsedad de firma, incluso si a simple vista existen diferencias evidentes.

Implicaciones:

  • Asegura que las decisiones judiciales se basen en elementos técnicos y especializados.
  • Refuerza la validez procesal al evitar que las decisiones se sustenten en apreciaciones subjetivas.

Registro digital: 2029810 | Materia: Civil, Común

Rubro: Procedencia de la vía en asuntos civiles: El Tribunal Colegiado de Circuito no puede analizarla oficiosamente en el amparo directo.

Resumen del caso:
Se debatió si los Tribunales Colegiados de Circuito pueden analizar, de oficio, la procedencia de la vía en un juicio civil al resolver un amparo directo, cuando no se aborda exhaustivamente en instancias previas.

Criterio jurídico:
El Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur determinó que los Tribunales Colegiados no tienen facultades para analizar de oficio la procedencia de la vía en el amparo directo, pues esto corresponde únicamente a las partes al presentar sus argumentos procesales.

Implicaciones:

  • Limita el alcance de la revisión judicial en el amparo directo.
  • Refuerza el principio de que las violaciones procesales deben ser expresamente planteadas por las partes.

Estas resoluciones destacan la importancia de los procedimientos técnicos y los límites de las facultades judiciales en la resolución de casos civiles. Para más información sobre cómo estos criterios podrían aplicarse a tu caso, no dudes en contactarnos.

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